Fecha de caducidad y consumo preferente

Como consumidores de alimentos debemos conocer que diferencias existen entre estos dos conceptos. A día de hoy, encuentro un gran número de personas que no sabe distinguir entre consumo preferente y fecha de caducidad.
El gran problema que derivada de este desconocimiento, es la mala gestión de los alimentos. Es el origen de los casi tres millones de toneladas de alimentos al año que no se utilizan a tiempo y caducan, o que desechamos por sobrepasar la fecha de consumo preferente, un grave problema económico, si se tiene en cuenta además el elevado porcentaje de población mundial que no dispone de alimentos ni siquiera para cubrir sus necesidades nutritivas más elementales.
Vamos a aclarar ambos conceptos:
Fecha de caducidad: advierte sobre el día límite a partir del cual el alimento no es adecuado para el consumo desde el punto de vista sanitario.
No obstante, se puede consumir el producto hasta el mismo día en el que aparece la fecha. Se utiliza en productos muy perecederos desde el punto de vista microbiológico: pasteurizados (leche, yogur, cremas), carnes o envasados al vacío.
Son alimentos de elevado riesgo que pueden suponer un peligro para la salud tras un periodo corto de tiempo. Se indicará la leyenda «Fecha de caducidad» seguida de la fecha (o la indicación del lugar donde se especifica), que consistirá en día, mes y año, en este orden. Estas informaciones deberán completarse con una descripción de las condiciones de conservación del alimento.
Consumo preferente: hace referencia al tiempo en el que el producto mantiene intactas sus propiedades, sin que su ingesta suponga un riesgo para la salud. Pasada esta fecha, la calidad del producto puede disminuir, pero en ningún caso conlleva problemas para la salud. Se utiliza en alimentos con poca agua (aceite, legumbres, cereales), deshidratados (purés, sopas), esterilizados (latas, cajas de leche) y en huevos. La fecha de consumo preferente o duración mínima de un alimento es la fecha hasta la cual el producto mantiene sus propiedades específicas, siempre que se guarde en condiciones de conservación adecuadas. Se comunicará precedida de «consumir preferentemente antes del…», cuando se especifique el día, o «consumir preferentemente antes del fin de o de finales de…», en los demás casos. Si fuera preciso, esta información deberá completarse con las condiciones de conservación que deben respetarse para asegurar la duración indicada.
La confusión parece proceder de la apariencia de las fechas en el etiquetado, el consumidor relaciona la fecha de las etiquetas con el límite a partir del cual el alimento no debe consumirse sin reparar en las frases “consumo preferente” y “fecha de caducidad”, ante la duda se tiende a desechar el producto, pero en todo caso, esto solo debería ser así para la fecha de caducidad, es decir, cuando se ha rebasado el límite de seguridad a partir del cual el alimento puede suponer un riesgo para la salud.
¡A partir de ahora nos fijaremos detenidamente en el etiquetado para no desechar, por ejemplo, un yogur por haber sobrepasado la fecha de consumo preferente!